8-13 »Además, deberán multiplicar siete años por siete, lo cual da cuarenta y nueve años, y el año siguiente, es decir, el cincuenta, será declarado año de liberación. En el día diez del mes de Etanim25.8-13 Etanim. Véase nota en 23.24-25. de ese año, que es el día del perdón, harán sonar por todo el país la trompeta y anunciarán la libertad para todos los habitantes del país. En ese año, los que hayan perdido su propiedad podrán recobrarla, y los esclavos quedarán en libertad de volver a sus familias.
»En el año cincuenta no deberán trabajar la tierra en ninguna manera, solo comerán lo que la tierra produzca por sí sola.